Editorial Director: Sistema Nacional de Rendición de Cuentas

La participación ciudadana en Colombia es un derecho fundamental que fortalece la democracia. El Decreto 230 de 2021 creó el Sistema Nacional de Rendición de Cuentas, donde las veedurías municipales permiten vigilar la gestión pública mediante pasos claros, garantizando transparencia, control social y legitimidad comunitaria.
Director >La Revista de Caldas

La indiferencia es la mejor aliada de la corrupción

En el meridiano del período de ejercicio en los gobiernos regionales, gobernaciones y alcaldías, conviene recordar que existen mecanismos de control, a los que se puede acudir para exigir información sobre el avance y ejecución de los programas de gobierno de los elegidos. Según la Constitución Política de Colombia, la participación ciudadana es un derecho fundamental y un fin esencial del estado social de derecho.

Los gobernantes están en la obligación de presentar rendición de cuentas a la ciudadanía, a través de diferentes medios y en períodos de tiempo definidos. Hasta ahora, esta actividad se ha concentrado en hacer unas jornadas prefabricadas para difusión de datos parciales y manejo de información sesgada a conveniencia de los responsables y solo para cumplir el mandato legal. Se acostumbra a citar reuniones con inscripción previa, con preguntas seleccionadas, con asistencia obligatoria de los empleados y un uso limitado del tiempo para las intervenciones de los ciudadanos y a las preguntas “incómodas” se anuncia su posterior respuesta vía correo. Con este manejo, logran el propósito de desincentivar la participación de las comunidades que esperan respuesta a sus inquietudes.

En Colombia, desde el año 2021, mediante el decreto 230 se dio vida al Sistema Nacional de Rendición de Cuentas “para coordinar acciones estatales y facilitar la evaluación ciudadana de las promesas y gestiones de las entidades del estado a nivel nacional, departamental, distrital y municipal.” Por lo tanto, en cualquier momento se puede solicitar información que se considere de interés y no esperar las citaciones a conveniencia de los vigilados.

La ciudadanía en Colombia puede tener un papel protagónico en la supervisión del Sistema Nacional de Rendición de Cuentas (SNRC), fomentando la transparencia, participación y control social de la gestión pública, con respaldo en la normativa actual, específicamente en el Decreto 230 de 2021. Este papel implica no solo la vigilancia de la gestión de las entidades públicas, sino también la promoción de espacios de diálogo y la evaluación ciudadana, en un proceso que busca fortalecer la democracia y la rendición de cuentas.

El rol del ciudadano, según la normativa, se centra en promover un control social efectivo a través de veedurías, peticiones, y el uso de mecanismos de participación social y ciudadana. La participación es fundamental para que los ciudadanos puedan revisar, evaluar y exigir transparencia en la gestión pública, fortaleciendo la democracia participativa y el control ciudadano.

Por medio del decreto 230 de 2021 se establece la articulación de actores, mecanismos, acciones y estrategias para fortalecer la rendición de cuentas en todos los niveles territoriales, incluyendo el ámbito municipal. Además, promueve la creación de nodos de participación que faciliten la interacción de la ciudadanía con las instituciones públicas, permitiendo una evaluación más cercana y efectiva de su gestión y resultados.

Los veedores, por ejemplo, tienen la facultad de presentar observaciones y denunciar irregularidades, enmarcados en el control social establecido por la ley. La ciudadanía debe conocer y aprovechar estos mecanismos, participando en mesas de diálogo, audiencias y otros escenarios promovidos por las instituciones, para garantizar la gestión transparente y responsable en el nivel municipal.

En resumen, el ciudadano en Colombia no solo tiene derecho a ser informado, sino también la responsabilidad y el poder de ejercer un control efectivo, contribuyendo así a una gestión pública más transparente, participativa y eficiente a nivel municipal.

De gran utilidad para el propósito de este escrito es motivar a los ciudadanos para que nos unamos en torno a la vigilancia de los recursos públicos y las veedurías ciudadanas son, entre otros, un mecanismo de presión efectivo. La unión hace la fuerza, frase casi de cajón, pero ilustrativa para este fin. De forma somera se presenta el procedimiento para organizar una veeduría municipal, de acuerdo con los documentos consultados, implica seguir una serie de pasos claros y legales para garantizar su legitimidad y efectividad. A continuación, se presenta un procedimiento paso a paso basado en la normativa y guías oficiales:

Paso 1: Convocatoria y conformación
• Reunir un grupo de ciudadanos interesados en ejercer control social sobre la gestión municipal. Se recomienda que sean al menos tres personas.
• Definir el objeto de la veeduría (por ejemplo, supervisión de obras, programas sociales, contratación pública, etc.) y el nivel territorial de intervención.
Paso 2: Elaboración del acta de constitución
• Elaborar un acta de constitución que incluya: nombres completos de los integrantes, documentos de identidad, lugar de residencia, objeto de la vigilancia, nivel territorial y duración de la veeduría.

Paso 3: Registro e inscripción
• Registrar el acta de constitución ante la Personería Municipal o la Cámara de Comercio, dependiendo del municipio. Esto otorga legitimidad y acceso a mecanismos oficiales de participación.
Paso 4: Formulación del plan de trabajo
• Elaborar un plan de trabajo con cronograma, tareas específicas, responsables y recursos disponibles. Incluir actividades como reuniones, visitas de campo, recopilación de información y elaboración de informes.
Paso 5: Notificación y vinculación con la entidad
• Notificar a la entidad municipal o entidad objeto de la veeduría sobre la conformación y objetivos de la veeduría. Se puede solicitar información y acceso a documentos públicos.
Paso 6: Ejecución y seguimiento
• Realizar las actividades de vigilancia, recopilación y análisis de información, y elaborar informes periódicos. Es clave mantener comunicación constante con la comunidad y las autoridades.
Paso 7: Informe y recomendaciones
• Elaborar un informe final con hallazgos, observaciones y recomendaciones. Presentar ante la entidad y la ciudadanía, y solicitar seguimiento a las recomendaciones emitidas.
Este procedimiento es similar a las tareas que adelantan los auditores delegados por los órganos de control ante las entidades.
No pueden ser veedores personas vinculadas directamente a los contratos o programas objeto de veeduría, ni funcionarios públicos relacionados con la gestión supervisada.
Es fundamental garantizar la transparencia, imparcialidad y respeto a los principios de participación ciudadana.
Fuente: https://www.funcionpublica.gov.co/veedurias/Paginas/preguntas

Este proceso permite que la veeduría municipal sea un mecanismo efectivo de control social, fortaleciendo la rendición de cuentas y la participación ciudadana en la gestión pública local por su carácter plural y con espacio para todos.

Nuestra democracia, que es representativa, también incluye mecanismos que permiten controlar el poder y para ello es primordial la educación y participación activa de los ciudadanos. Este escrito busca ayudar con este propósito.

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