En la madrugada del 10 de octubre de este año, 2025, el Congreso de Perú destituyó por “incapacidad moral permanente” a la presidenta de ese país. Entre los motivos de esa decisión hubo acusaciones de corrupción durante su gestión. En este mes también hubo noticias sobre el desmantelamiento de redes corruptas en el Caribe colombiano, incluyendo fiscales y funcionarios del CTI vinculados a filtración de información confidencial y extorsión. Con solo mencionar la palabra corrupción, el cerebro se confunde con la proyección de imágenes repetidas. Sin temor a exagerar, las noticias sobre casos conocidos, casi cotidianos, congestionan la mente de los ciudadanos. De igual manera, en la historia de la humanidad ha estado presente y los registros, tanto literarios como testimoniales, lo demuestran. En los relatos bíblicos se mencionan, por ejemplo, el caso del paraíso terrenal cuando la serpiente cautiva a Eva con promesas de una mejor vida si accedía a probar el fruto del árbol de la ciencia del bien y del mal, a pesar de conocer la expresa prohibición de hacerlo o el caso de Judas, quien, por treinta monedas, entregó a su jefe a los enemigos.
Lejos de ser éste un escrito de carácter religioso lo que pretende es ilustrar, a través del tiempo, como el ser humano ha ido creando reglas éticas para facilitar la convivencia, que datan de siglos anteriores a la aparición de los credos organizados. En el libro “21 lecciones para el siglo XXI”, Yuval N. Harari, su autor, menciona que “Las tribus de cazadores-recolectores de la edad de piedra poseían códigos morales decenas de miles de años antes de Abraham…Hoy en día, los científicos señalan que en realidad la moral tiene profundas raíces evolutivas anteriores en millones de años a la aparición de la humanidad.” (pág. 210). Anota además que. “Mil años antes de que el profeta Amós recriminara a las élites israelitas su comportamiento opresor, el rey Hammurabi de Babilonia explicaba que los grandes dioses le habían instruido “para que demostrara justicia en la tierra, destruyera el mal y la maldad, impidiera que los poderosos explotaran a los débiles.” (pág. 212).
Otra fuente consultada dice que, “el Código de Hammurabi establece un precedente crucial para la responsabilidad administrativa y judicial, siendo una de las primeras codificaciones conocidas que sanciona la prevaricación y el fraude, elementos fundamentales de la corrupción.”
Y agrega, “el Código penaliza severamente el robo de bienes pertenecientes al Estado o a las instituciones religiosas, que eran las principales depositarias de la riqueza pública en la antigua Babilonia. Esto establece una distinción entre el robo común y el peculado (malversación de fondos o bienes públicos).” El Código de Hammurabi fue escrito hacia 1750 a.C. y tuvo 282 leyes que trataron variedad de temas desde el comercio hasta el castigo por crímenes.
El análisis de la corrupción debe comenzar por su origen lingüístico, un punto de partida que no solo es un dato histórico. La palabra «corrupción» proviene del latín corruptio, que a su vez deriva del verbo corrumpere. Este verbo es una construcción del prefijo con- (que significa «todo» o «junto») y la raíz rumpere (que se traduce como «romper» o «quebrar»). Por lo tanto, el significado literal de la palabra es «romper en pedazos» o «quebrar algo que estaba junto». (Diccionario RAE)
La Real Academia también autoriza acepciones de corrupción con “putrefacción” y por extensión en el ámbito social y moral, significa deterioro de valores o costumbres.
La traslación del significado físico al social constituye una metáfora conceptual fundamental. Al aplicar la raíz de rumpere al cuerpo político, la corrupción no se entiende como una simple disfunción o un acto aislado, sino como una desintegración o un quiebre del tejido social y de las instituciones. Es una fuerza que rompe la unidad, la armonía y la integridad de la sociedad, un concepto que resuena profundamente con la visión de la filosofía clásica. La corrupción, en su sentido original, es un proceso de decadencia que va más allá de un acto individual de soborno y apunta a un deterioro sistémico, una idea que se anticipa a las teorías contemporáneas sobre la corrupción endémica y sistémica, cuya vacuna parece no encontrarse aún. En este orden, no es desatinado definirla como “un abuso de poder delegado para obtener beneficios privados” según la organización Transparencia Internacional.
Esta definición operacional no fue un desarrollo accidental. Al centrar el concepto en el abuso de poder y el beneficio privado, los académicos y analistas la transformaron de una idea sobre la «degeneración moral» a un comportamiento susceptible de medición y análisis. Esto permitió el desarrollo de indicadores, como el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC), que, a su vez, posibilitó el análisis comparativo entre países y un enfoque en las «causas y consecuencias» concretas de la corrupción, como su relación con el desarrollo económico y la eficiencia burocrática. Este cambio marca el paso decisivo de la teoría política normativa a la ciencia política empírica, donde el objetivo es comprender el fenómeno para combatirlo de manera efectiva.
En la antigüedad clásica, pensadores como Platón y Aristóteles no empleaban el término «corrupción» en su sentido moderno de abuso de poder, sino que conceptualizaban el fenómeno como la perversión o degeneración de las formas de gobierno. Para ellos, la corrupción era la fuerza que desviaba el telos, es decir, el fin o propósito natural de la polis, que era el bien común.
Platón, en su obra La República, veía la corrupción como un problema de ignorancia e incompetencia, especialmente grave en la democracia. Consideraba que los políticos de este régimen a menudo carecían de conocimiento sobre cómo gobernar y se dedicaban a «adular a la gran bestia» (el pueblo) en lugar de buscar la verdad y la justicia. Su crítica principal era que la lucha de facciones hacía que los intereses privados se antepusieran a los del Estado, rompiendo la armonía necesaria para una sociedad justa. La única base para un gobierno legítimo era el conocimiento y la virtud del «hombre bueno,» un ideal que se materializaba en la figura del filósofo-rey.
Aristóteles, por su parte, desarrolló una tipología de las formas de gobierno. Sostuvo que un gobierno se «corrompía» cuando sus líderes dejaban de buscar el interés general y actuaban en función de su interés particular. Así, la monarquía (el gobierno de uno para el bien común) degeneraba en tiranía (el gobierno de uno para su propio beneficio); la aristocracia (el gobierno de unos pocos virtuosos) degeneraba en oligarquía (el gobierno de los ricos para su beneficio); y la politeia (el gobierno de la mayoría para el bien común) degeneraba en democracia (el gobierno de la mayoría para el beneficio de los pobres). Para Aristóteles, la virtud cívica y la justicia eran el fundamento del buen gobierno, y su ausencia era el síntoma de una degeneración política.
El pensamiento político de platón y aristóteles – RepHip – UNR, https://rephip.unr.edu.ar/bitstreams/aca864bf-3914-4f7d-93be-b6d1ac549a07/download
Tomando como referencia “Los 15 casos de corrupción más graves del mundo” septiembre 12, 2025, de Transparencia Internacional, se cita:
“El concepto de corrupción, una vez operacionalizado, revela un fenómeno heterogéneo que se manifiesta en diferentes escalas y contextos. La literatura académica ha propuesto varias tipologías para clasificar estas manifestaciones.
Las clasificaciones más comunes distinguen entre:
● Gran Corrupción (Grand Corruption): Se refiere a actos cometidos en los «niveles más altos del gobierno que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado». Estas prácticas suelen caracterizarse por la manipulación de grandes sumas de dinero, la participación de actores con altos niveles de poder y una naturaleza sistémica y planificada. La finalidad no es solo el enriquecimiento individual, sino la captura de la maquinaria estatal para un beneficio sostenido de una élite. Casos como el de Petrobras en Brasil o la red de sobornos de Odebrecht en múltiples países son ejemplos emblemáticos de esta modalidad.
● Pequeña Corrupción (Petty Corruption): Esta categoría agrupa actos de menor cuantía económica que ocurren en la interacción diaria entre los ciudadanos y los funcionarios públicos. Por lo general, se manifiestan en el escenario procedimental de atención al ciudadano, como el pago de sobornos para agilizar trámites, obtener servicios o evitar demoras en la burocracia.”
En los códigos colombianos se tipifican como los delitos más comunes relacionados con la corrupción los siguientes: cohecho; malversación de fondos; peculado; tráfico de influencias; prevaricato; concusión; enriquecimiento ilícito; nepotismo.
Este marco teórico hace de prólogo para citar casos emblemáticos de corrupción en la administración pública colombiana, como el mencionado de Odebrecht, constructora brasileña que pagó sobornos a políticos y funcionarios para obtener contratos millonarios, adulterando procesos de contratación pública. El de más reciente denuncia en nuestro país, el desvío y apropiación de recursos públicos a través de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres, UNGRD, cuyos principales protagonistas afrontan procesos judiciales en estos momentos, mientras la población de la Guajira sigue esperando soluciones para la falta de agua potable.
En cuanto al Departamento de Caldas, uno de los casos más notorios, está relacionado con una red de corrupción que operó en varios municipios direccionando la contratación estatal, contratos amañados y financiación ilegal de campañas políticas, acciones que llevaron a la cárcel a más de sesenta (60) personas implicadas, entre ellas varios alcaldes, caso conocido como “Las Marionetas”.
Los tentáculos de este sonado caso llegaron hasta Salamina, donde el exdirector de la Fundación Escuela Taller de Caldas fue condenado a once (11) años y siete (7) meses de prisión, por desvío de fondos públicos por más de mil doscientos (1.200) millones de pesos.
La corrupción es un fenómeno latente que afecta el desarrollo de las regiones y aplaza la ejecución de programas de beneficio general, lo que obliga a que la ciudadanía tome medidas preventivas y correctivas en defensa de sus propios intereses y renuncia a la complacencia y tolerancia, bajo la falacia de que las causas menores no vale la pena censurarlas ni reprocharlas. No hay actos menores o mayores, todos son condenables.
En última instancia, la lucha contra la corrupción no puede limitarse solo a la imposición de sanciones; requiere una comprensión más profunda de la cultura que la sostiene y un enfoque coordinado para fortalecer el Estado de derecho y la confianza pública, restaurando así la integridad del tejido social que la corrupción, en su sentido más etimológico, ha roto. Cuando la confianza se menoscaba las instituciones pierden su esencia y razón de ser. Ya lo dijo F. Nietzsche, “Todo lo que tiene precio poco valor tiene.”


Un comentario
Al leer el artículo, me invade una gran decepción, por el recorrido histórico, y las nuevas formas despreciables e infames, que cada vez adquiere la corrupción; sin que haya un asomo de esperanza que neutralice y haga desaparecer ese lastre, que impide el progreso de los pueblos y su gente …